Micelio
Auto13 de noviembre de 2024

A- de 2024

Ponente José Fernando Reyes Cuartas

Demandante De Oficio·Demandado Lopera Pino Valeria Y Otro

Tema · dato duro
Incumplimiento Del Elemento Funcional Debido A Que El Miembro De La Fuerza Pública No Estaba Desarrollando Una Actividad En Relación Con El Servicio.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Penal Ordinaria
  • Conocimiento de procesos por presuntos delitos cometidos por miembros de la fuerza pública cuando haya duda del posible rompimiento del factor funcional
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto entre el Juzgado 7 Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Cali, Valle del Cauca, y el Juzgado 145 de Instrucción Penal Militar de la misma ciudad por investigación penal adelantada por la Fiscalía 21 Seccional – Unidad de delitos contra la vida de Cali, Valle del Cauca, contra dos miembros de la Policía Nacional, por el delito de homicidio agravado, en hechos ocurridos en la vía entre Jamundí y Cali, Valle del Cauca.

Cumplidos los presupuestos que configuran el conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena advierte que se encuentra demostrado que los procesados eran miembros activos de la Policía Nacional al momento de los hechos.

La Sala estima que la información disponible en el expediente no permite extraer con certeza la manera en que se desarrollaron las actuaciones de imputados.

En principio, existen dudas sobre las circunstancias en las que ocurrió la muerte que se investiga y la duda al analizar el factor funcional del fuero penal militar no se resuelve a favor de esa jurisdicción.

En consecuencia, considera pertinente reiterar la regla de decisión dispuesta en el Auto 476 de 2021, según la cual, ante dudas sobre el vínculo directo del delito con el servicio, requisito que la Constitución exige para que tenga aplicación el fuero penal militar, resulta imperativa la aplicación de la regla general de competencia de la jurisdicción ordinaria porque, el fuero penal militar consagrado en el art. 221 superior solo procede excepcionalmente cuando haya certeza sobre los elementos que constituyen el fuero.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre Juzgado 7 Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Cali, Valle del Cauca y el Juzgado 145 de Instrucción Penal Militar de la misma ciudad, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 7 Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Cali, Valle del Cauca es la autoridad competente para conocer del proceso penal adelantado contra el señor William Montero Vega y la señora Valeria Lopera Pino por el delito de homicidio agravado.
  2. SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-5345 al Juzgado 7 Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Cali, Valle del Cauca para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión al Juzgado 145 de Instrucción Penal Militar de la misma ciudad y a los sujetos procesales y partes interesadas.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.